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¿Qué quejas se atienden en la Oficina de la Síndica?

La Síndica atiende quejas que tengan por objeto la actuación o falta de actuación del Ayuntamiento de Terrassa y de los organismos que de él dependen, que afecten o estén relacionados con:

 

1. Los derechos fundamentales y las libertades públicas reconocidos en la sección 1ª del capitulo II del Título I de la Constitución.

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2. El resto de derechos y libertades recogidos en el Titulo I de la Constitución.

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3. Los derechos reconocidos en el Título I de la Constitución.

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4. Los derechos y las libertades reconocidos en el ámbito de la Unión Europea y en otros tratados y convenios internacionales suscritos por España que reconocen y garantizan los derechos y libertades fundamentales y, especialmente, la Declaración Universal de los Derechos Humanos, el Convenio Europeo por la Protección de los Derechos Humanos y los otros tratados y convenios internacionales suscritos por España que reconocen y garantizan los derechos y las libertades fundamentales.

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5. Los derechos de los ciudadanos y las ciudadanas previstos a la normativa que establece el Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

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6. Los derechos de los vecinos y las vecinas previstos en la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local y el Decreto Legislativo 2/2003, de 28 de abril, por el cual se aprueba el Text Refós de la Llei Municipal i de Règim Local de Catalunya.

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7. Los derechos reconocidos en la Carta Europea de Salvaguarda a los Derechos Humanos de la Ciudad.

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8. Los demás derechos reconocidos por las leyes estatales y autonómicas vigentes.

Casos en que una queja queda fuera del ámbito actuación de la Síndica

y será rechazada o se derivará su tramitación

1. Las que se presenten de forma anónima.

 

2. Las que no hayan acreditado suficientemente su identidad o la representación de las personas interesadas.

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3. Las que denoten una manifiesta mala fe.

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4. Las que carezcan de fundamento, motivación o pretensión.

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5. Las que no vengan motivadas por la actuación del Ayuntamiento de Terrassa o de sus entes dependientes.

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6. Las referidas a actuaciones que hayan sido objeto o estén pendientes de resolución judicial.

 

Si la queja tiene su origen en la actuación de la administración autonómica, la Síndica procederá a dar traslado de ésta al Síndic de Greuges de Catalunya para su tramitación y resolución, de conformidad al convenio de colaboración firmado entre ambas Instituciones.

Masia Freixa


Plaça Josep Freixa i Argemí, 11
08224 Terrassa

Tel: 93 739 70 78

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Esta página web fue creada el año 2018 a raíz de un trabajo académico de alumnos de 3r de ESO de la Escola Vedruna Vall de Terrassa con la elección del proyecto elaborado por el equipo formado por Eva Cid, Lídia Paloma y Ada Salgado.

Última actualización: febrero de 2022

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