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Código Ético, de la buena conducta y de las buenas prácticas del/la Síndico/a Municipal de Greuges de Terrassa

El/la Síndico/a Municipal de Greuges, como defensor/a de los derechos y las libertades públicas de los ciudadanos, se convierte en una Institución independiente, imparcial, abierta y transparente hacia la ciudadanía y la Administración. En consecuencia, el/la Síndic/a, en el ejercicio de las funciones que tiene asignadas, debe dar cumplimiento a las obligaciones inherentes al cargo que ostenta y actuar de acuerdo con los principios de la ética, de la buena conducta y de las buenas prácticas.

La elaboración de este Código Ético inspira, básicamente, en las directrices marcadas por la aprobación de la Ley 19/2014, de 29 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. En este sentido, y con el fin de prevenir cualquier cuestión relacionada con la integridad y las buenas prácticas en el seno de la Institución del/la Síndico/a Municipal de Greuges de Terrassa, es necesario que queden establecidos unos principios y unas reglas de conducta ética que vinculen e inspiren la actividad del/la Síndico/a y del personal a su servicio.

En este Código Ético se entiende por buenas prácticas el conjunto de reglas, recomendaciones y compromisos que debe cumplir el/la Síndico/a en el ejercicio de sus funciones, previniendo posibles problemas de integridad en su sentido ético y deontológico. En efecto, el/la Síndico/a asume en el desarrollo de su labor un compromiso de responsabilidad con las propias actuaciones y de respeto por los derechos de las personas.

El Síndic/a es una Institución ética y socialmente responsable y respetuosa con los ciudadanos que se dirigen buscando amparo y condena cualquier forma de corrupción, manifestando su firme compromiso con el cumplimiento de la legalidad sin tolerancia para cualquier acto contrario al su Código Ético.

Las reglas que se incluyen a continuación se fundamentan en los principios y los valores éticos de la Institución y se convierten, a partir de su aprobación, una norma que debe respetar y cumplir el/la Síndico/a y todas las personas que trabajan en el su servicio.

Documento completo

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Para cualquier consulta o queja sobre la actividad de la Síndica Municipal de Greuges de Terrassa a la Comisión Ciudadana de Seguimiento e Impulso de la Carta Europea de Salvaguarda de los Derechos Humanos en la Ciudad, facilitamos su correo electrónico: comissiocartadretshumans@gmail.com

A raíz de la aprobación del Código Ético de la Sindicatura Municipal de Greuges de Terrassa a finales de 2019, se definen los principios y los valores éticos de la Institución y se establecen las normas de conducta y de buena práctica.


Expresado en su artículo 6, resulta incompatible el cargo de Síndica con el ejercicio de cualquier mandato representativo, otro cargo directivo o de representación en un partido político, asociación social o cualquier otra entidad ciudadana.


Por este motivo y a lo largo del año 2020, la Sra. Isabel Marqués Amat se ha visto obligada a darse de baja de los cargos directivos de las diferentes entidades que formaba parte, tanto en la ciudad de Terrassa como de otros municipios.

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